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RESOLUCIÓN INICIO DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE A


DOF: 16/04/2019

La Secretaria de Economía da a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China.

El 12 de abril de 2009 se publicó en el DOF la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final"). Mediante dicha Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 86%.

El 16 de febrero de 2015 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó mantenerla por cinco años más. Misma Cuota Compensatoria tenía una vigencia hasta el 22 de abril de 2019 de acuerdo al Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias publicado el 11 de septiembre de 2018 en el DOF, en cual los interesados podría manifestar su interés de sobre la eliminación de la vigencia a las cuotas compensatorias.

Ahora bien, derivado de la manifestación de interés del particular se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 9616.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.

RESOLUCIÓN.

Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2018.

Por lo que la cuota compensatoria definitiva de 86% CONTINUARÁ VIGENTE mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia.

Consultar aviso de vigencia de cuotas compensatorias: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5537569&fecha=11/09/2018

Consultar Resolución de inicio de examen de vigencia: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5557888&fecha=16/04/2019

Los atomizadores de plástico se conocen técnicamente como pulverizadores de tocador de rosca. Se conocen comercialmente como atomizadores de loción (lotion pump), micro-atomizadores de rosca (screw microsprayer head) o atomizadores de rosca de plástico (plastic spray/micro sprayer plastic).

Los atomizadores de plástico se componen principalmente de un cilindro, una tapa y cuentan con diferentes componentes plásticos como son: el tubo, activador, inserto, rondana, tapa y un motor (compuesto de pistón, diafragma o retén, espiga, resorte, cople y cilindro), así como un resorte de alambre inoxidable. Tienen una rosca de plástico que se enrosca en una botella manualmente o con una máquina. Por lo general, se identifican por el diámetro y la altura de la rosca de plástico.


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