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MODIFICACIONES A LOS ANEXOS 2.2.1, 2.2.2 Y 2.4.1 DE LAS RCSE DERIVADO DE LOS CAMBIOS A LA TIGIE.


DOF: 18/04/2019

La Secretaria de Encomia da a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior (RCSE)

Derivado de las modificaciones realizadas a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) el pasado 10 de abril del presente año en el adicionaron y eliminaran fracciones arancelarias de los sectores textil y confección, y calzado se hacen adecuaciones a los anexos 2.2.1, 2.2.2 y 2.4.1 de las reglas y criterios de la Secretaria de Encomia antes mencionadas como sigue:

Anexo 2.2.1 (identifica la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso)

En el que se adicionan 304 fracciones para sujetarse a permiso previo en importaciones definitivas a las fracciones I y II del numeral 8 BIS del Anexo 2.2.1.

Anexo 2.2.2 (criterios y requisitos para otorgar permisos previos)

Dando congruencia a las modificaciones realizadas al Anexo 2.2.1 se adicionan las mismas 304 fracciones arancelarias a las fracciones I y II del numeral 7 BIS del Anexo 2.2.2, para dar a conocer los requisitos para la solicitud del permiso previo en importaciones definitivas.

Anexo 2.4.1 (mercancías sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas)

Se adiciona fracciones arancelarias para sujetarlas del cumplimiento de la Normas Oficial Mexicanas (NOM’s) de información comercial las cuales son:

  • NOM-004-SCFI-2006 (etiquetado de productos textiles prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa)

  • NOM-020-SCFI-1997 (etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado entre otros)

  • NOM-050-SCFI-2004 (Etiquetado general de productos)

  • NOM-015-SCFI-2007 (Información comercial-Etiquetado para juguetes)

Así mismo derivado de las modificaciones a las descripciones de fracciones arancelarias a la TIGIE se reforman las fracciones I y II del numeral 8 BIS del Anexo 2.2.1 y las fracciones I, II, IX y XI del numeral 3 del Anexo 2.4.1 para adecuar dichas descripciones.

Ahora bien, se eliminan de mencionados anexos las fracciones arancelarias eliminadas en la TIGIE para concluir con las adecuaciones.

Los cambios anteriores entraran en vigor el 06 de mayo del 2019.

Consultar cambios en TIGIE sector vestir y confección: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5557469&fecha=10/04/2019


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