MERCANCÍA RESTRINGIDA Y PROHIBIDA A TU PASO POR LA ADUANA.
En nuestro Nota anterior dimos a conocer las generalidades del equipaje personal, la franquicia y la autodeclaracion pero si en algún momento a tu paso por la Aduana supusiste que podías pasar contigo en uno de los esquemas anteriores cierta mercancía sin ninguna restricción estas equivocado, unas de las principales funciones de la Aduana es controlar la introducción y extracción de mercancías hacia y del territorio nacional, por lo que existen mercancías que por sus características, función, peligro, entre otras particularidades su tránsito, circulación o introducción está restringida o prohibida.
Existe secretarias del Estado que apoyan al comercio exterior, regulando y supervisando dentro de sus facultades las actividades relacionas con su materia, como a continuación se enuncia.
MERCANCÍAS RESTRINGIDA A TU PASO POR LA ADUANA.
Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA)
Armas y municiones
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) regula a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).
Flora y fauna protegida
Peces vivos de la especie depredadores de cualquier tamaño.
Muebles que no estén laqueados, embarnecidos o que no tengan cualquier otro recubrimiento o tratamiento
Cortezas de árbol
Secretaria de Salud (SALUD) regula a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS)
Ropa y calzado usados que no formen parte de tu equipaje personal
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) anteriormente SAGARPA regula a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA)
Productos de origen vegetal
Tierra o suelo
Vasijas o artículos con contenido vegetal
Flores, plantas, verduras y frutas frescas.
Granos (maíz frijol, arroz, trigo, lenteja, entre otros)
Café y tabaco verde
Productos de origen animal
Carne fresca de cualquier especie
Alimento balanceado para cualquier especie (excepto para perros y gatos)
Alimento balanceado de perros y gatos con carne de bovino, ovino y caprino
Quesos frescos
Pollo tipo campero
Trofeos de caza
Cualquier especie animal (excepto perros y gatos) regulada
Productos de origen acuícola
Crustáceos vivos, crudos y secos
Peces
Productos de origen acuáticos regulados en mal estado
SOLAMENTE puedes introducir productos agroalimentarios en las cantidades establecidas para tu consumo personal determinadas por SENASICA el cual puedes consultarlo AQUÍ.
MERCANCÍAS PROHIBIDAS CONSIDERADAS CONTRABANDO.
El introducir este tipo de mercancías al país se está cometiendo el delito de contrabando art 102 F. III CFF, se sancionará con pena de prisión de 3 a 9 años art. 104 F. III CFF