top of page
Foto del escritorVíctor Alvarado

SE PRORROGA EL PLAZO PARA UTILIZAR FOLIOS DE SOLICITUD DE CERTIFICADOS NOMS INGRESADAS ANTES 31 DE M


La Dirección General de Normas (DGN) da a conocer el Oficio No. DGN.312.01.2019.3469 en el que se da seguimiento al Oficio 312.01.2019.3154 por el cual se prorroga el plazo para utilizar folios de solicitud de certificados NOMS ingresadas antes 31 de mayo de 2019 y 30 de junio de 2019 hasta el 31 de octubre de 2019.

Antecedentes

El 15 y 31 de mayo de 2019 se dieron a conocer los oficios No. 312.2019.01.1363 y oficio No. 414.2019.1983 respectivamente en los cuales se otorgaba a los interesados la facilidad de importar mercancías sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, si ingresaron solicitudes de conformidad a un Organismo de Certificación antes del 31 de mayo de 2019 y 30 de junio de 2019 respectivamente, teniendo un plazo de 90 días para que obtener en su caso el certificado de cumplimiento.

Posteriormente la Secretaria de Economía decidió ampliar los plazos, por la saturación en las solicitudes pendientes de obtener el certificado de cumplimiento, en el cual el último emitido fue el Oficio 312.01.2019.3154 estableciendo como límite el 10 de septiembre del 2019.

Asimismo, el 30 de agosto la DGN recibió un listado de los folios que aún se encuentra en proceso de certificación (Anexo) así como las principales causas en la lentitud y saturación de los Organismos de Certificación y/o laboratorios de prueba las cuales consisten en:

  • La mercancía presentada no se encuentra sujeta al cumplimiento de una NOM

  • No se presentaron las muestras necesarias para efectuar las pruebas correspondientes

  • Se solicitaron folios con modelos erróneos de las mercancías, por lo que se desistieron de los mismos

Por lo anteriormente expuesto, con el objetivo de no obstaculizar el comercio exterior de las mercancías correspondientes que cumplen con los requisitos para el proceso de certificación, se considera necesario ampliar la vigencia de los mismos.

Por lo cual se determina otorgar un plazo hasta el 31 de octubre, para que los organismos de certificación y/o laboratorios de prueba lleven a cabo la evaluación de la conformidad de NOMS, para las solicitudes ingresadas antes 31 de mayo de 2019 y 30 de junio de 2019 indicado en el Oficio 312.2019.01.1363 y 414.2019.1983 respectivamente, por lo cual se podrá seguir utilizando el referido acuse (solicitud ingresada a un organismo de certificación) para llevar a cabo sus operaciones de importación.

De lo anterior, una vez obtenido el certificado de conformidad el Organismo Certificados deberá de transmitir la información al Sistema Normas – Aduanas.

En el caso que no se obtenga el certificado de conformidad, no se podrá seguir importando al amparo del beneficio otorgado en los anteriores oficios mencionados, por lo que la autoridad podrá determinar las sanciones correspondientes por su incumplimiento

Asimismo se tiene como Anexo el listado de las solicitudes (folios) que cumplen con los requisitos de certificación y están en la espera de la certificación correspondiente por parte de un Organismo de Certificación o laboratorio, mismo que se puede consultar en el mencionado oficio para tener mayor certeza en las operaciones de los interesados.

Consultar nuestra interior entrada: Aquí

Consultar Oficio: No. DGN.312.01.2019.3469


139 visualizaciones

Entradas recientes

Síguenos

  • Youtube
  • Facebook Basic Square
  • Icono social LinkedIn
bottom of page