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ANTEPROYECTO- ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS NÚMEROS DE IDENTIFICACIÓN COMERCIAL (NICO) Y S

CONAMER: 12/10/2020

Se da a conocer en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) el Anteproyecto- Acuerdo por el que se dan a conocer los números de identificación comercial (NICO) y sus tablas de correlación, con numero de expediente: 03/2268/131020


Se puede descargar en la siguiente enlace: https://bit.ly/3jXqZdg


Lo anterior en adecuación a las disposiciones del DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, publicado en el DOF el pasado 01 de julio de 2020.


Como se recordara, la Regla 10ª complementaria de la LIGIE sufrió una modificación por la cual se establece la creación de un par de dígitos denominado Número de identificación Comercial (NICo), es decir, la fracción arancelaria (8 dígitos) estará acompañada con dos dígitos adicionales, como a continuación se indica:


10ª Se establecerán números de identificación comercial en los que se clasifican las mercancías en función de las fracciones arancelarias y la metodología para la creación y modificación de dichos números, los cuales serán determinados por la Secretaría de Economía, con opinión previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La metodología será publicada en el Diario Oficial de la Federación por conducto de la Secretaría de Economía.


La Secretaría de Economía someterá a consulta pública, la cual deberá explicar claramente su funcionamiento y estar disponible permanentemente en el sitio web destinado para ello, la metodología para la creación y modificación y el procedimiento a seguir para la creación y modificación de los números de identificación comercial.


La clasificación de las mercancías estará integrada por las fracciones arancelarias y el número de identificación comercial, el cual estará integrado por 2 dígitos, los cuales se colocan en la posición posterior de la fracción arancelaria que corresponda que se declare, y que estarán ordenados de manera progresiva iniciando del 00 al 99. La Secretaría de Economía, dará a conocer mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación:


a) Los números de identificación comercial de las fracciones arancelarias.

b) Las tablas de correlación de las fracciones arancelarias de la Tarifa, así como de los números de identificación comercial


Extracto Regla 10ª complementaria de la LIGIE.


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