EMPRESAS CON CERTIFICACIÓN IVA E IEPS DEBEN INFORMAR A LA SE LA IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS SENSIBLES
El pasado 09 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía (SE) emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, entrando en vigor el día de su publicación, abrogando la publicación del 31 de diciembre de 2012.
De lo comentado, hacemos el atento aviso que en el caso de las empresas que cuenten con un programa IMMEX y su Registro en el Esquema de Empresas Certificadas en la modalidad IVA e IEPS (cualquier rubro), están obligadas a informar a la Secretaria de Economía sobre la importación de mercancías sensibles (Anexo II del Decreto IMMEX), como a continuación se indica:
3.2.19 A efecto de mantener actualizado el archivo electrónico de las empresas certificadas, éstas deberán informar a la DGFCCE, mediante escrito libre en términos de la regla 1.3.5, al correo electrónico dgce.tramitesc@ecnomia.gob.mxsobre las ampliaciones a que se refiere el artículo 6 BIS, fracción II del Decreto IMMEX.
Para el cumplimiento de esta obligación se debe de considerar los requisitos que debe de contener el escrito libre:
1.3.5 Para efectos del presente Acuerdo y del artículo 3 del Acuerdo de Facilidades Administrativas, salvo disposición específica, los escritos libres que se presenten ante la DGFCCE o ante las Oficinas de Representación, en todos los trámites, consultas o solicitudes en cualquiera de sus modalidades de presentación, deberán cumplir además de lo establecido en los artículos 15 y 19 de la LFPA, con lo siguiente: :
a) Estar firmados por el particular o representante legal que ya tenga acreditada personalidad ante la SE o bien, anexando copia simple del documento que acredite su personalidad, así como copia de su identificación oficial (credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), pasaporte o cédula profesional);
b) Manifestar la razón social, RFC y domicilio fiscal del solicitante;
c) Señalar número y tipo de autorización otorgada por la SE con que cuente, en su caso;
d) Proporcionar al menos un número telefónico de contacto del promovente;
e) Designar dos enlaces, proporcionando nombre completo y cuenta de correo electrónico, de las que válidamente se recibirá la información o consultas relacionadas con su trámite o procedimiento, y
f) Manifestar expresamente su conformidad para recibir información y notificaciones relacionadas con su consulta, trámite o solicitud, a través de las cuentas de correo electrónico designadas, cuando dichas notificaciones sean distintas a las que se realizan a través de la Ventanilla Digital.
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